Información del seminario REACH

El 29 de marzo, la ECHA celebró un seminario web sobre REACH desde Helsinki: «[…]para abordar las cuestiones técnicas que la industria, como los formuladores de tinta y los artistas del tatuaje, puedan tener sobre la aplicación de la restricción. El objetivo es ayudar a los afectados a cumplir los nuevos requisitos legales establecidos por el anexo XVII de la legislación de la UE sobre sustancias químicas, REACH.»

No creo que muchos de vosotros hayáis visto este seminario web. Yo sí, y afirmo que estoy bien entrenado para tratar con especificaciones técnicas y contratos gruesos (muy gruesos) gracias a mis muchos años de trabajo en Daimler. Pero aquí llegué claramente a mis límites. A medida que avanzaba la presentación, me iba acordando cada vez más de la película «Brasil» (los más mayores entre vosotros quizá la conozcáis).

El webinar REACH no es muy fácil de usar

«Las obligaciones de un usuario intermedio se activan cuando recibe una ficha de datos de seguridad. Y, en particular, hay algunos deberes específicos asociados al escenario de exposición adjunto, si lo hay».

¿Está todo claro? Entonces lo formularíamos así: «Debes leer las fichas de datos de seguridad de tus colores y seguir las instrucciones que figuran en ellas (por ejemplo, sobre uso y almacenamiento)».

Te incrustaré el vídeo aquí y te remitiré a 1:38:17 – 1:40:32, donde se te pide una «explicación para artistas del tatuaje en palabras sencillas». Compruébalo tú mismo en la grabación del seminario web.

El trato desigual de los distintos sectores

También me parece muy interesante la reacción a la comparación con el consumo de tabaco (1:24:05 – 1:25:58). La amable señora no pudo evitar sonreír ante la discrepancia. Es evidente que son conscientes de ello, pero no ven ninguna necesidad de corrección, al menos por parte de la ECHA.

Poca esperanza para Azul 15:3 y Verde:7

Un mensaje importante del seminario web fue, sin duda, que cualquier cambio en el apéndice, incluida la eliminación de límites específicos o prohibiciones, debe esperarse con un plazo no inferior a 1-2 años. También se señaló que varios fabricantes ya estaban ofreciendo o anunciando colores con pigmentos alternativos. Por tanto, estaba claro que no era necesario tomar tantas medidas como la industria había anunciado con antelación.

Para los tatuadores, esto significará, salvo milagro, que alrededor de 2/3 de los colores cambiarán en sus propiedades esenciales (intensidad y durabilidad de los colores, comportamiento al aplicarlos sobre la piel, etc.). Por tanto, tras el cambio a los nuevos colores (a través del REACH de enero de 2022), te espera un cambio aún más grave en enero de 2023.

Haz clic aquí para ver el (esperemos) milagro: Salvar los pigmentos

Deber de informar frente a deber de documentar

Nosotros mismos habíamos pedido aclaraciones sobre hasta qué punto la obligación de informar a tus clientes, que tienes desde el 4 de enero de 2022 (véase nuestra carta informativa sobre REACH en concreto), debe hacerse por escrito. La buena noticia es: ECHA/REACH no ha especificado deliberadamente una forma. Por tanto, la información puede facilitarse verbalmente (vídeo 1:12:37 – 1:14:04).

La trampa está en la redacción, según la cual esta cuestión se desarrollará o debería desarrollarse en cooperación entre las autoridades y la industria. Desgraciadamente, esto deja margen a la interpretación en caso de litigio ante los tribunales. Por tanto, al igual que en el tema del EVE, también es aconsejable elegir la forma escrita para los colores a efectos de verificabilidad. Sin embargo, no cabe duda de que esta laguna puede aprovecharse.

En contra de nuestra recomendación en la primera carta informativa sobre«REACH konkret«, puede que incluso sea posible simplificar la aplicación práctica:

  1. Se añade un pasaje a la declaración de consentimiento para que el cliente lo marque: «Confirmo que se me ha facilitado la información exigida por el Reglamento REACH (CE) nº 1907/2006 aplicable sobre las tintas de tatuaje utilizadas. Por razones de viabilidad, obtendré información sobre la duración mínima y el lote durante el propio proceso de tatuaje (inspección visual de los frascos de tinta)
    Al final del EVE, simplemente adjunta una página o dos con una lista de todos los colores de tu propio stock, independientemente de si se utilizan en la cita o no. La lista debe contener la siguiente información para cada color: Fabricante, nombre del color, ingredientes e información sobre su uso y peligros.
  2. Creas un formulario con la lista de colores de tus existencias (ahora sin caducidad ni número de lote, basta con el fabricante y el nombre del color) y luego sólo tienes que marcar los que se utilizaron en la fecha.

Esto debería simplificar considerablemente la documentación. Con los formularios adecuados y personalizados, la documentación de las citas puede completarse en menos de un minuto (con nuestra solución kissSign, incluso es completamente sin papel y conforme a la ley). Y amigos, no lo olvidéis: El propio sector ha incluido el tema de la documentación de citas en la norma DIN 16179. Y todo el mundo, realmente todo el mundo, se refirió con entusiasmo a esta norma durante el periodo Corona.

Por supuesto, la documentación escrita sin número de lote ni fecha de caducidad sólo sirve hasta que los tribunales decidan lo contrario en algún momento. Pero hasta entonces, creemos que es legítimo proceder de este modo. Por supuesto, te mantendremos informado.

Atentamente

Información del seminario REACH - kisscal.tattoo

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